Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/02/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 30
15 de Febrero de 2021
1089
Notificar a las partes la presente resolución haciéndoseles saber que contra la misma cabe recurso de reposición que podrán interponer por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
AUTO
Magistrado-Juez Sr/Sra. DANIEL ALDASORO PEREZ
En SEVILLA, a treinta de enero de dos mil diecinueve.
HECHOS
UNICO.- Se ha presentado demanda de fecha 15/1/2019, solicitando la realización de diligencias de prueba.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
UNICO.- Conforme se dispone en el artículo 81.4 de la LRJS, si en la demanda se solicitasen diligencias de preparación de prueba a practicar en juicio, así como en los casos de solicitud posterior dentro del plazo legal de tales diligencias, se dará cuenta al juez o tribunal para que resuelva la procedente, añadiendo el art. 82.4 de la misma ley procesal que de oficio o a petición de parte podrá requerirse el previo traslado entre las partes o la aportación anticipada, en soporte preferiblemente informático, con cinco días de antelación al acto del juicio, de la prueba documental o pericial que, por su volumen o complejidad, sea conveniente posibilitar su examen al momento de la práctica de la prueba.En el presente caso y en relación con las diligencias de prueba solicitadas se resolverá conforme a la parte dispositiva de esta resolución. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA
cítese para interrogatorio al representante legal de la demandada, al que se advierte que de no comparecer sin justa causa podrán ser reconocidos como ciertos los hechos a que se refieran las preguntas, sin que dicha citación, implique pronunciamientos sobre la admisión o declaración de pertinencia de dicha prueba, que, en su caso, habrá de proponerse en el acto del juicio y resolverse en el mismo. Requiérase a la parte demandada DELMARATI, S.L.U. para que, en el acto del juicio, aporte los documentos interesados en el II OTROSI DIGO de la demanda, advirtiéndosele que de no efectuarlo sin que medie justa causa, caso de admitirse dicha prueba documental en el acto del juicio, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la citada prueba. Contra la presente resolución cabe recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida ajuicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/Da MARIA AUXILIADORA
ARIZA FERNANDEZ
En SEVILLA, a quince de septiembre de dos mil veinte.
Visto el estado del presente procedimiento procede señalar de nuevo para que tengan lugar los actos de conciliación y/o juicio, sucesivamente el primero ante el secretario en la Secretaría de este Juzgado, sita en planta 6a Edificio Noga, Avda. de la Buhaira, num., 26 el día 15 DE ABRIL
DE 2021 a las 10:45 horas de su mañana y el segundo ante el Magistrado que tendrá lugar en la sala de vistas nº 11 de este Juzgado sita en la planta primera del Edificio Noga, sito en Avd. La Buhaira 26, el mismo día a las 11:00 horas de su mañana, y en cuyo señalamiento se han seguido taxativamente los criterios establecidos por el Magistrado Titular de este Juzgado, dándose cuenta del señalamiento efectuado a S.S.a llma. Magistrado-Juez de este Juzgado y citar a las partes en
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/02/2021 a las 00:00:11
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