Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 08/02/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
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8 de Febrero de 2021
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 25
información pública, el acuerdo inicial será elevado automáticamente a deinitivo sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. En el supuesto de presentarse alegaciones, las mismas serán resueltas por el pleno del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el RDL 2/2.004, de 5 de marzo y la Ley 7/1.985, de 2 de abril.
En Santa Bárbara de Casa, a 13 de abril de 2020.- La Alcaldesa-Presidenta. Fdo. Leonardo Romero Pérez.
ANUNCIO
Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público del anuncio referente a la modiicación puntual de las ordenanzas iscales reguladoras de las tasas por la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o espectáculos, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográico, mediante la introducción en ambos textos reglamentarios de un nuevo artículo 6 bis, ha permanecido expuesto al público por plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio en el BOP de Huelva nº 176 de 19 de octubre de 2020, sede electrónica del Ayuntamiento y tablón de edictos, sin que durante dicho plazo se haya presentado alegación alguna, el acuerdo provisional se entiende elevado a deinitivo sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El texto de la modiicación aprobada es el siguiente:
E Ordenanza iscal reguladora de la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o espectáculos, situados en terrenos de uso público local, Artículo 6 bis: Boniicaciones Se podrán aplicar las siguientes boniicaciones en las tarifas de la tasa:
g Se podrá aplicar una boniicación del 50% del importe de la tarifa resultante cuando concurran circunstancias sobrevenidas que impliquen un perjuicio económico para los sujetos pasivos que deban abonar el importe de la tasa que regula esta ordenanza.
h Según la inluencia que la situación sobrevenida pudiera provocar sobre los sujetos pasivos, se podrá aplicar inclusive la suspensión del pago de la tarifa, incluso la exención.
i Corresponderá al pleno del Ayuntamiento apreciar las concurrencia de las circunstancias sobrevenidas a las que se reieren los apartados anteriores con carácter previo a la aplicación de la boniicación o exención prevista en los apartados a y b.
F Ordenanza iscal reguladora de la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o espectáculos, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográico.
Artículo 6 bis: Boniicaciones Se podrán aplicar las siguientes boniicaciones en las tarifas de la tasa:
g Se podrá aplicar una boniicación del 50% del importe de la tarifa resultante cuando concurran circunstancias sobrevenidas que impliquen un perjuicio económico para los sujetos pasivos que deban abonar el importe de la tasa que regula esta ordenanza.
h Según la inluencia que la situación sobrevenida pudiera provocar sobre los sujetos pasivos, se podrá aplicar inclusive la suspensión del pago de la tarifa, incluso la exención.
i Corresponderá al pleno del Ayuntamiento apreciar las concurrencia de las circunstancias sobrevenidas a las que se reieren los apartados anteriores con carácter previo a la aplicación de la boniicación o exención prevista en los apartados a y b.
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 08/02/2021 a las 00:00:07
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