Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 06/08/2019

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 150

6 de Agosto de 2019

5227

AYUNTAMIENTOS
ALMONTE
D. ROCÍO DEL MAR CASTELLANO DOMÍNGUEZ, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ALMONTE.
Hace saber.- que ha dictado Resolución nº 3.262/2019 con el siguiente tenor literal:
En uso de las competencias que me atribuyen los artículos 21.3 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, HE RESUELTO:
PRIMERO.- Determinar expresamente que la Junta de Gobierno Local de esta Corporación, durante el presente mandato corporativo 2019/2023, ostenta las funciones de asistencia y asesoramiento a esta Alcaldía-Presidencia que le atribuyen directamente los artículos 23.2 de la 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 53.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, así como las que le atribuyan directamente las leyes.
SEGUNDO.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones de esta AlcaldíaPresidencia:
a Las aprobaciones de los instrumentos de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
b La admisión a trámite de los proyectos de actuación en suelo no urbanizable.
c La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
d El otorgamiento de las licencias urbanísticas, excepto las de obra menor, salvo que las leyes sectoriales atribuyan la competencia expresamente al Pleno de la Corporación.
e Las resoluciones relativas a los expedientes de autorización ambiental de actividades conforme a lo establecido en la normativa sectorial aplicable.
f La resolución de los recursos de reposición formulados contra los actos dictados por la Junta de Gobierno Local.
g Las competencias atribuidas por la normativa vigente como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
h La adjudicación de concesiones sobre los bienes de titularidad municipal y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
i La aprobación de convenios de colaboración con otras Administraciones, organismos y entidades públicas, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE Y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014, salvo que se re!eran a materias de competencia del Pleno de la Corporación.
j La aprobación de convenios con personas físicas y jurídicas de conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 06/08/2019 a las 00:00:10
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsEQ7lVPGOlc3bpvj3cgNHjA== en https verifirma.diphuelva.es

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 06/08/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaeseSpagna

Data06/08/2019

Conteggio pagine48

Numero di edizioni2324

Prima edizione02/01/2014

Ultima edizione19/06/2023

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031