Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 23/09/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
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23 de Septiembre de 2016
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 182
Y para que sirva de notificación al demandado TRANSPORTE DE CELULOSA Y MADERAS, SA TRACEMA
S.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA
PROVINCIA DE HUELVA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En HUELVA, a uno de septiembre de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
EDICTO
D/D DIANA BRU MEDINA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 2 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 927/2014 a instancia de la parte actora D/D. MIGUEL ANGEL BOLAÑO VIDAL contra ECOLUCENA S.L.L y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCION de fecha 20/07/2016 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda iniciadora de los autos n 927/14, condeno a Eco Lucena SL a que abone a D. Miguel Ángel Bolaño Vidal la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON NOVENTA Y
UN EUROS 3.872,91 euros, sin intereses moratorios, debiendo el FOGASA estar y pasar por tal resolución.
Notifíquese esta sentencia a las partes con información de que contra dicha resolución y de conformidad con el artículo 190 y siguientes de la LJS cabe recurso de SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en SEVILLA, anunciándolo ante este Juzgado en los CINCO días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.
Caso de que el recurrente sea el demandado deberá ingresar conforme establecen los arts. 229 Y 230 de la LJS
la cantidad a que se le condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander de HUELVA n ES55 00493569920005001274 haciendo constar en el concepto observaciones 1920000034092714 , y además deberá depositar la cantidad de 300 euros, que deberán ser ingresadas en la misma cuenta, anunciándolo ante este Juzgado en los CINCO días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado ECO-LUCENA S.L.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En HUELVA, a uno de septiembre de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
EDICTO
D/D DIANA BRU MEDINA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 2 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 930/2014 a instancia de la parte actora D/D. EL MILOUF NEBGAOUI BAILICH, MOHAMMED NEBGAOUI , RBIHA NEBGAOUI y SOUAD NEBGAOUI
contra CAMPOS DE LEPE S.C.A, VALDEFLORES FRUIT S.L y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se lia dictado SENTENCIA de fecha 22/07/2016 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda iniciadora de los autos n 930/14, condeno a Valdeflores Fruit SL y a Campos de Lepe SCA a que abonen solidariamente a D. Milouf Nebgaoui Bailich la suma de TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON SESENTA Y UN EUROS 3.144,61 euros de los que hasta la suma de DOS MIL TREINTA Y
CINCO CON VEINTITRÉS 2035,23 euros podrá responder el FOGASA.
Asimismo condeno a Valdeflores Fruit SL y a Campos de Lepe SCA a que abonen solidariamente a D. Mohammed Nebgaoui la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS CATORCE CON VEINTICINCO EUROS EUROS 2.914,25
euros, de los que hasta la suma de MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON VEINTISIETE 1824,27 euros podrá responder el FOGASA.