Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/08/2024 - Sección Oficial
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 30 de agosto de 2024
Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N 1684/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 26 de Agosto de 2024
VISTO el expediente EX-2024-19338338-GDEBA-DPELSPMECONGP del Ministerio de Economía, mediante el cual se determina la pauta salarial para el personal de Planta Permanente sin estabilidad, de Gabinete y contratado encuadrado en la Ley Nº 10430, así como para el Personal Jerarquizado Superior, con vigencia desde el 1º de febrero de 2024, desde el 1º de marzo de 2024, desde el 1º de abril de 2024 y desde el 1º de mayo de 2024, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 211/24 se fijó la política salarial desde el 1º de marzo, 1º de mayo, 1º de julio, 1º de septiembre y 1º de noviembre, de 2023 para el personal de la Planta Permanente sin estabilidad encuadrado en el artículo 107 y concordantes de la Ley Nº 10.430 y de la Planta Temporaria que desempeña funciones bajo contrato en el referido régimen estatutario, como asimismo para el Personal Jerarquizado Superior y para el Personal de Gabinete comprendido en el artículo 111
inciso a de la Ley N 10.430;
Que por Decreto N 863/24 se fijó la pauta que implicó el cierre de la política salarial para el ejercicio del año 2023, como asimismo la aplicación del primer tramo de incremento del año 2024 para el personal aludido en el párrafo precedente;
Que, en esta instancia resulta oportuno y conveniente determinar formalmente la pauta salarial para el personal referido con vigencia desde el 1º de febrero de 2024;
Que dicha pauta, resulta análoga a la aplicada al resto del personal de la Administración Pública, y consiste en un incremento de las retribuciones de veintiocho con siete por ciento 28,7 % desde el 1º de febrero de 2024, de cuarenta y dos con dos por ciento 42,2 % desde el 1º de marzo de 2024, de cincuenta y uno con siete por ciento 51,7 % desde el 1º de abril de 2024 y de cincuenta y nueve con dos por ciento 59,2 % desde el 1 de mayo de 2024, porcentuales acumulados respecto del cierre de la política salarial del año 2023;
Que corresponde en consecuencia dejar plasmadas las actualizaciones de los sueldos básicos y gastos de representación del personal de la Planta Permanente sin estabilidad y Jerarquizado Superior;
Que en sintonía con la pauta salarial diseñada, se estima conducente incrementar el valor del módulo para el personal de Gabinete comprendido en los artículos 111 inciso a y 113 de la Ley Nº 10.430, Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, previsto en el artículo 3º del Decreto Nº 1278/16, cuyo último valor vigente se encuentra normado en el artículo 2º del Decreto Nº 863/24;
Que, asimismo, corresponde determinar los nuevos importes máximos mensuales de los contratos de locación de servicios, normados en los artículos 111 inciso c y 115 de la Ley Nº 10.430;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, y la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, dependientes del Ministerio de Economía, la Dirección Provincial de Condiciones Laborales, la Dirección Provincial de Personal , la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal y Técnica, todas dependientes de la Secretaría General;
Que se han expedido favorablemente Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
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