Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/08/2024 - Sección Oficial
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 01 de agosto de 2024
Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N 1250/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Sábado 27 de Julio de 2024
VISTO el expediente EX-2024-22188351-GDEBA-DTAYLICULGP del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires mediante el cual tramita la aprobación del Convenio suscripto entre el referido Instituto, la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata con el objeto de asegurar la puesta en valor y el aprovechamiento efectivo del Teatro Martín Fierro, y CONSIDERANDO:
Que el Teatro Martín Fierro, también conocido como el Teatro del Lago de La Plata, representa un invaluable patrimonio cultural y artístico de la provincia de Buenos Aires, requiriendo una intervención decidida para su revitalización y preservación;
Que resulta público y notorio que desde hace décadas el Teatro Martín Fierro se encuentra en desuso, en total estado de abandono, desvalorizándose día a día su valor cultural, patrimonial e histórico con el que fue creado, encontrándose imposibilitada su puesta en valor, con motivo de las contiendas judiciales existentes en torno al mismo;
Que, el citado instrumento tiene por objeto asegurar la puesta en valor y el aprovechamiento efectivo del Teatro "Martín Fierro" para su uso, explotación, administración y gestión cultural, designando a la Provincia de Buenos Aires, a través del Instituto Cultural, como la entidad responsable de estas tareas;
Que las partes manifiestan que la controversia relativa a la titularidad del Teatro, no debe anteponerse al fin público al que el bien se encuentra destinado a servir, ni privar a la ciudadanía de los beneficios provenientes de su utilización, encontrándose comprometida en ello la defensa del dominio público;
Que resulta indiscutible la necesidad de revertir tal situación, aunando esfuerzos para la recuperación patrimonial del Teatro, para el pleno aprovechamiento del mismo por parte de la ciudadanía y, en particular, de los/as vecinos/as del Partido de La Plata, a fin de su utilización como un instrumento de fomento de actividades artísticas y culturales;
Que, en ese entendimiento, las partes expresan su intención de profundizar acciones de colaboración recíproca tendientes a favorecer la puesta en valor del Teatro Martin Fierro para su aprovechamiento por parte de los/as platenses y los/as bonaerenses en su conjunto;
Que, asimismo, las partes se obligaron a desistir de la totalidad de las acciones judiciales entabladas que tengan como objeto el inmueble en el que se emplazada el Teatro Martin Fierro;
Que, en virtud de ello, corresponde autorizar al Fiscal de Estado a realizar el mencionado desestimiento, de conformidad con el artículo 15 del Decreto-Ley N7543/69 y modificatorios;
Que tomó intervención la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General;
Que, asimismo, se expidieron Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio de uso, explotación, administración y gestión cultural del Teatro Martín Fierro,
SECCIÓN OFICIAL > página 3