Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/08/2021 - Sección Oficial
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 10 de agosto de 2021
Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N 562/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 2 de Agosto de 2021
VISTO el expediente EX-2021-03039929-GDEBA-DPDIMPCEITGP del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, por el cual tramita la creación del Sector Industrial Planificado Mixto de General San Martín, en el partido de General San Martín, promovida por el Municipio y la firma Urbanizadora Norte S.A. y CONSIDERANDO:
Que por Ley N 13.744 y su modificatoria Ley N 14.792 se establece el Régimen de creación y funcionamiento de agrupamientos industriales, aplicable en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires;
Que, en los términos de los Artículos 24 inciso b, 25 inciso a, 26 inciso c y 27 inciso a de la Ley N 13.744 y su modificatoria Ley N 14.792, corresponde clasificar el agrupamiento industrial citado en el enunciado del presente acto como sector industrial planificado, general, mixto y originario;
Que el agrupamiento industrial se emplazará sobre los predios cuyas Nomenclaturas Catastrales son: Circunscripción II, Sección C, Fracción III, Parcelas 1 a 21 inclusive y Circunscripción II, Sección C, Manzana 171, Parcela 1a del Partido de General San Martin, según plano aprobado bajo la característica 47-037-2015;
Que en las actuaciones de referencia se ha acreditado que el predio se encuentra en zona apta para la radicación industrial, que posee aptitud hidráulica y la autoridad competente ha expedido el certificado de impacto ambiental correspondiente;
Que la entonces Dirección Provincial de Desarrollo y Promoción Industrial verificó la ejecución de las obras de infraestructura del agrupamiento industrial: Sector Industrial Planificado Mixto de General San Martín y, conforme lo establecido por el artículo 10 de la Ley N 13.744 y su modificatoria Ley N 14.792, procedió a aprobar por Disposición N
5/17 el reglamento de administración y funcionamiento;
Que, por otra parte, se destaca que la Ley N 15.164 de Ministerios en su artículo 29 determina que Corresponde al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica asistir al Gobernador en todo lo inherente a las materias de su competencia, y en particular: 1. Entender en el diseño e implementación de las políticas para el ordenamiento, promoción y desarrollo de las actividades industriales, mineras, comerciales, cooperativas, culturales, portuarias y turísticas de la provincia de Buenos Aires;
Que el artículo 2075 del Código Civil y Comercial establece en el párrafo tercero que los conjuntos inmobiliarios preexistentes que se hubiesen establecido como derechos personales o donde coexistan derechos reales y derechos personales se deben adecuar a las previsiones normativas que regulan este derecho real;
Que, en relación ello, habrán de dictarse disposiciones complementarias que fijen el plazo que se confiere para la adecuación, juntamente con las directivas jurídicas necesarias para producirla;
Que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA emitió la Resolución Normativa N 24/18 por la que se dispuso la reglamentación del procedimiento para la aprobación de los planos de mensura para someter los mismos a Propiedad Horizontal Especial, estableciendo en su artículo 10 la posibilidad -para quienes lo solicitende tramitar actuaciones administrativas para la aprobación de una nueva planimetría adecuada a los requisitos de los planos de Propiedad Horizontal Especial, siempre que se trate de inmuebles que cuenten con planos aprobados -registrados o nocon anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución;
Que ARBA en su intervención, además, señala que registra los documentos cartográficos aprobados con anterioridad a la entrada en vigencia del Código de fondo bajo los parámetros expuestos, efectuando asimismo la adecuación en aquellos supuestos en los cuales el titular lo requiera y no se haya producido ningún acto de transmisión registral;
SECCIÓN OFICIAL > página 3