Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/02/2020 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 06 de febrero de 2020

SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones RESOLUCIÓN N 20-MIYSPGP-2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 31 de Enero de 2020
VISTO el expediente EX-2020-01512653-GDEBA-DPCLMIYSPGP, la Ley N11.769 de Marco Regulatorio Eléctrico de la provincia de Buenos Aires Texto Ordenado Decreto N 1868/04 y sus modificatorias, la Ley N 15.165, el Decreto Nº 6/20, los Contratos de Concesión Provinciales y Municipales, las Resoluciones MIySP Nº 419/17, Nº 186/19, N 1713/19 y N
1714/19, la Resolución de la Secretaria de Gobierno de Energía Nº 366/2018, la Resolución de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico Nº 14/19, y la Resolución OCEBA N 349/19 y;
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución MIySP Nº 419/17, se aprobaron los valores de los costos propios de distribución resultantes del proceso de Revisión Tarifaria Integral RTI correspondientes a la Empresa Distribuidora La Plata Sociedad Anónima EDELAP S.A., la Empresa Distribuidora de Energía Atlántica Sociedad Anónima EDEA S.A., la Empresa Distribuidora de Energía Norte Sociedad Anónima EDEN S.A., la Empresa Distribuidora de Energía Sur Sociedad Anónima EDES
S.A. que en concepto de ingresos anuales requeridos resultaron incorporados en los cuadros tarifarios aprobados y aplicables por un período de 5 años, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley Nº 11.769;
Que de acuerdo al artículo 44 de la Ley N 11.769, los cuadros tarifarios se recalculan por períodos de cinco años estando sujeto los mismos a ajustes dentro de cada período quinquenal;
Que, conforme lo establecido en el Subanexo B del contrato de concesión, los cuadros tarifarios reflejaráni las variaciones en los precios de la energía y transporte, en la oportunidad que sean fijados por la autoridad nacional y, ii anualmente, la actualización de los valores del costo propio de distribución;
Que el artículo 40 y el Anexo 149 de la Resolución MIySP Nº 419/17, en el marco de la Revisión Tarifaria Integral RTI, aprobaron el mecanismo para la actualización de los valores correspondientes al costo propio de distribución contenido en los cuadros tarifarios, cuya oportunidad coincide con la reprogramación estacional de invierno del Mercado Eléctrico Mayorista MEM, efectuadas en los meses de agosto de cada año calendario;
Que en dicho marco y como parte de los ingresos anuales requeridos, dichas empresas asumieron, conforme surge de los artículos 15 a 18 de la citada resolución, un compromiso quinquenal de inversiones;
Que a través de la Resolución MIySP Nº 1713/19 y Nº 1714/19 se aprobaron los valores de los cuadros tarifarios que reflejan las variaciones en los precios de la energía y potencia mayorista y gravámenes asociados aprobados por la Resolución SRRYME N14/19 y la actualización de los costos propios de distribución por aplicación del factor de ajuste resultante entre los meses de Junio/18 a Mayo/19, conforme el recalculo de los valores de los cuadros tarifarios vigentes efectuados por el OCEBA en la Resolución RESFC-2019-280-GDEBA-OCEBA, determinándose su aplicación en forma plena para los consumos registrados a partir del 1º de enero de 2020;
Que mediante la Ley Nº 15.165 se declaró el estado de emergencia social, económica, productiva y energética en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, como así también la prestación de los servicios y la ejecución de los contratos a cargo del sector público provincial, centralizado, descentralizado, organismos autónomos, autárquicos, de la Constitución tanto del Poder Ejecutivo, Legislativo como Judicial;
Que el artículo 21 de la citada Ley Nº 15.165, facultó al Poder Ejecutivo a disponer la suspensión de todos los aumentos tarifarios a partir del 1º de enero de 2020, en materia de servicio público de distribución de energía eléctrica de jurisdicción provincial y/o municipal, por el plazo de 180 días, prorrogables mientras se mantenga el estado de emergencia energética;
Que durante dicho plazo el Poder Ejecutivo queda facultado para, con intervención del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires OCEBA y del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y/o quien lo reemplace en sus funciones actuales, iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente, o a iniciar una revisión de carácter extraordinario y procederal análisis integral de los cuadros tarifarios en materia de servicio público de distribución de energía eléctrica de jurisdicción provincial, incluyéndose los costos, gastos e inversiones comprometidas y efectivamente realizadas, por aplicación del marco regulatorio respectivo;
Que, en este sentido, el artículo 39 de la Ley N 11.769 establece que Los servicios públicos de electricidad suministrados por los concesionarios serán ofrecidos a tarifas justas y razonables, teniendo en cuenta el derecho de acceso a la energía de todo habitante de la Provincia de Buenos Aires;
Que, en esta inteligencia, el inciso g del artículo 3 de la Ley N 11.769 determina que la Provincia, ajustará su política en materia de energía eléctrica a regular las actividades de generación -en lo que corresponda pertinente-, transporte y distribución de electricidad, asegurando que las tarifas que se apliquen a los servicios sean justas y razonables;
Que en virtud de ello, corresponde aplicar los extremos establecidos por el artículo 21 de la Ley N 15.165, y proceder a la suspensión temporaria de los aumentos tarifarios que debían comenzar a regir a partir del 1 de enero de 2020 y a la revisión de los ingresos requeridos y reconocidos en los cuadros tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral RTI;
Que la fijación y aprobación de los aspectos relativos al Valor Agregado de Distribución VAD, corresponde a la provincia de Buenos Aires, a través de este Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en su carácter de Autoridad de
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/02/2020 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data06/02/2020

Conteggio pagine39

Numero di edizioni3378

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione23/05/2024

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