Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 10 de junio de 2019

SECCIÓN OFICIAL
Decretos DECRETO N 537-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 23 de Mayo de 2019
VISTO el expediente Nº 22.700-4481/16 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, por el cual se propicia regularizar la situación de revista de diversos agentes que prestan servicios como chofer, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 2567/10 se estableció un régimen de cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor y las bonificaciones remunerativas no bonificables del setenta por ciento 70% y del cincuenta por ciento 50% del salario básico, a los agentes que se desempeñaran como choferes en el ámbito de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, y estuvieran incluidos en el anexo A y el anexo B de la norma citada, respectivamente;
Que del análisis efectuado en el proceso de determinación de los planteles básicos, se detectó la necesidad de excluir del anexo A del Decreto N 2567/10 a los agentes mencionados en el anexo I IF 2018 29621889 GDEBA GGCJARBA del presente, y del anexo B a los ex agentes Ángel Rafael COLAVITA y Rubén Alberto MONTI, a partir de las fechas que en cada caso se indica, toda vez que cesaron en sus funciones por distintas causas;
Que por otra parte se impulsa incluir en el anexo A del Decreto N 2567/10, con excepción de lo dispuesto en el artículo 7
de dicha norma y a partir del 1 de Enero de 2016, a los agentes mencionados en el anexo II del presente IF 2018
29621938 GDEBA GGCJARBA, toda vez que prestan servicios actualmente como choferes, y asignarles la bonificación contemplada en el artículo 3 del mismo régimen;
Que además se gestiona incorporar al anexo B de la norma referida a Matías CALABRESE y Ángel Norberto MACÍAS, a partir del 1 de Enero de 2016 y hasta el 1 de Mayo de 2018 en que culminaron las tareas plenas que se les habían asignado, y asignarles la bonificación contemplada en el artículo 4 del mismo régimen;
Que respecto de Sandra Rufina SAAVEDRA, corresponde incluirla en el anexo A del Decreto N 2567/10, con excepción del artículo 7 del mismo, desde el 1 de Enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2017, en que dejó de prestar servicios en tal carácter, y dar por asignada a su favor la bonificación del artículo 3 del mismo régimen;
Que dichas gestiones se impulsan a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto N 272/17 E;
Que a efectos de atender adecuadamente las necesidades y requerimientos operativos de la Agencia de Recaudación, corresponde disponer el cambio al agrupamiento servicio, especialidad chofer, de los agentes Juan Manuel AISPURU, Hugo Maximiliano DIPASCUAL, Hernán Alejandro MARCOZ, Matías Ezequiel MONTI y Ariel Sebastián CAUSA, quienes revistan en el agrupamiento técnico, y el cambio a la especialidad chofer de los agentes Maximiliano Ezequiel DONADÍO y Gustavo Marcelo VEINTICINQUE, quienes revistan en el agrupamiento servicio, con especialidades de ordenanza y correo, respectivamente;
Que por consecuencia procede la inclusión en el anexo A del Decreto N 2567/10, con excepción de lo dispuesto en el artículo 7 de dicha norma, de los agentes nominados en el anexo III IF 2018 29621740 GDEBA GGCJARBA, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, la asignación del régimen de cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor, y el pago de las bonificaciones previstas en el artículo 3 del Decreto N 2567/10;
Que el agente Juan Manuel AISPURU será reubicado en la categoría 15 del agrupamiento servicio, y mantendrá a los fines salariales la categoría 18, por aplicación del artículo 163 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96;
Que obran en las actuaciones copias certificadas de las autorizaciones de manejo, de las licencias de conducir y certificaciones expedidas por la Gerencia de Logística y Servicios Generales de la Gerencia General de Administración, perteneciente a la Subdirección Ejecutiva de Administración y Tecnología de la Agencia de Recaudación, respecto de la prestación de servicios de los interesados;
Que la adecuación presupuestaria que ameritan los movimientos que se propician, se efectúan conforme los términos de la Ley Nº 15.078, aprobatoria del presupuesto general ejercicio 2019;
Que han tomado la intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, ambas dependientes del Ministerio de Economía, y la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que ha dictaminado Asesoría General de Gobierno y se ha conferido la vista pertinente al Fiscal de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio - de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA

SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2019 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data10/06/2019

Conteggio pagine84

Numero di edizioni3378

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione23/05/2024

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