Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/05/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 20 de mayo de 2019

SECCIÓN JUDICIAL
Remates JUAN PABLO ALBERTON
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 del Departamento Judicial de San Martín, a cargo del Doctor Silvio José Mazzarello, pone en conocimiento en los autos caratulados Asociacion Mutual Supervisores Ferroviarios s/ Incidente Concurso/Quiebra Excepto verificados Exp. 73.666, la subasta mediante la modalidad electrónica del inmueble sito en la Maipu Nº 2.401 esquina Moreno 1.210/12 de la localidad de Laguna Paiva, provincia de Santa Fe.
Lote 200 de la Manzana B, Dominio Tomo 318 P Folio 03732 - Nº 27442 del año 1973. Por intermedio del martillero Juan Pablo Alberton. Se establece el honorario del Perito Enajenador comisión en el 3 %, con mas el 10% por aporte.- El mandamiento de constatación acompañado en autos diligenciado con fecha 23 de Mayo del 2.018, diligenciado por el perito enajenador en carácter de oficial ad-hoc, dice que se encuentra ocupado por el señor Norberto Merati en carácter de inquilino junto al señor Obregon Claudio Alberto.- La subasta se realizará mediante la modalidad electrónica desde EL 10
DE JUNIO DE 2019 A LAS 10 HORAS, culminando EL DÍA 26 DE JUNIO DE 2019 A LAS 10 HORAS y se establece el monto de la base en la suma pesos dos millones ochocientos mil $ 2.800.000.-. Los interesados en la subasta deberán ser usuarios registrados e inscriptos antes del 5 de junio del 2019 y deberán depositar en garantía, en la cuenta en pesos Nº 5100-027- 847480/4 cuyo CBU es 0140138327510084748040, abierta en el Banco provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales de San Martín en concepto de depósito en garantía, el 5 % del monto de la base $ 140.000.-. Fecha de adjudicación día 2 de Julio del 2019 a las 11 horas, en la sede del Juzgado Avenida Ricardo Balbín Nº 1.753 Piso 3º de la Ciudad y Partido de Gral. San Martín, Pcia. de Buenos Aires. Deuda: Adeuda: Inmobiliario al 27-10-17 $ 1.267,87.Municipalidad al 8-6-18 Taza Urbana $ 2.691,05, por Obras de Cloacas $ 9.451,84, por Iluminación $ 1.264,75. Exhibición día 28 de mayo del 2019 en el horario de 11 a 15 horas. En atención a lo aconsejado oportunamente por la Sindicatura, el silencio del Comité de Control y lo que resulta de las constancias de autos, con previa citación de los acreedores hipotecarios y de los señores Jueces embargantes e exhibientes -en caso de que los hubiereArt. 569 CPCC, decretase la venta en pública subasta electrónica del inmueble cuyo certificado de dominio luce a fs. 165/166 y en el porcentaje del cien por ciento indiviso 100% que le corresponde a la fallida Asociación Mutual de Supervisores Ferroviarios, por intermedio del Enajenador interviniente en autos Juan Pablo Alberton.- Publíquense edictos por el término de cinco días en el Boletín Judicial, y en los diarios "Arroba San Martin" del partido de Gral. San Martin y en el diario "El Litoral" de Santa Fe arts. 208 de la ley 24522 y 574 CPCC en la forma dispuesta por el art. 575 del código citado. Se exigirá de quien resulte comprador la integración del saldo de precio mediante deposito y/o transferencia bancaria ello teniendo en cuenta el depósito en garantia y la constitución de domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado bajo apercibimiento de lo normado por el art. 133 CPCC y comisión del 3% al martillero a cargo del comprador con más aportes de ley art. 261 2º parte de la Ley 24.522 todo ello en el acto de la firma del acta de adjudicación.- Asimismo, el Enajenador deberá rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa art. 579 CPC y 69 ley 10.973. Hágase saber que para el caso de que el inmueble se encuentre ocupado por inquilino y el mismo resulte comprador en subasta, deberá continuar abonando el canon locativo estipulado hasta la efectiva toma de posesión. El desarrollo de la subasta electrónica, se llevara a cabo en las siguientes condiciones: 1 Sin perjuicio de la fecha propuesta por el Martillero interviniente, atendiendo a lo novedoso de esta modalidad y a los fines de un mejor cumplimiento, deberá el Auxiliar de Justicia proponer con la conformidad de la Seccional del Registro General de Subastas a esta Judicatura las fechas estipuladas para el inicio y finalización de la subasta y fecha para la suscripción del Acta de Adjudicación, todas ellas con la suficiente antelación y tiempo a efectos de cumplir cabalmente con los actos y plazos establecidos en el Código adjetivo y en la normativa de subastas electrónicas arts. 562 5 parr. del CPCC y 28, 30, 35, 38 y cc. Ac. 3604. 2 Publíquese en el Portal de Subastas Electrónicas de la página WEB de la SCBA, mas allá de los edictos ordenados anteriormente.- 3 Todo interesado en participar de la subasta deberá -indefectiblementeen forma previa a la misma, registrarse como postor en la Seccional del Registro General de Subastas Judiciales que corresponda arts.6 a 20 del Ac.3604/12. Debiendo ello ser realizado al menos con una antelación de 3 días hábiles al inicio de la puja arts. 562 del CPCC y 21 a 24, Ac.3604/12.4 Para participar en esta subasta en particular, se exige que los interesados depositen en garantia mediante deposito y/o transferencia bancaria en la cuenta que a tal efecto se abrira la suma equivalente al 5% sobre el valor de la base de la subasta el depósito se deberá efectivizar tres días hábiles antes a la fecha de inicio de la subasta, ello en los términos del art. 22 del Ac. 3604.- Hágase saber a los potenciales oferentes que en caso de no resultar ganadores, la suma dada en garantía será automáticamente devuelta a sus respectivas cuentas por medio de transferencia bancaria sin excepción una vez concluida la subasta, siempre que no hayan efectuado reserva de postura.- Para aquellos oferentes que hayan efectuado reserva de postura art. 40 del Ac. 3604 podran requerir en cualquier momento posterior a la finalización de la subasta la restitución del dinero, desistiendo de esa manera a la reserva oportunamente pedida. 5 La puja de los oferentes deberá ser por tramos que se incrementaran de a un 5% cinco por ciento sobre el valor de la base de la subasta arts. 31
y 32 Ac. 3604. 6 Se autoriza la puja en comisión, en cuyo caso, y al momento de pujar en comisión, deberá individualizar a su comitente, debiendo ambos estar previamente inscriptos en el RSJD art.582 CPCC; art.21 3er. Párrafo Ac.3604. 7 En cuanto al desarrollo del acto, esto es desde el cumplimiento de los requisitos previos y desde la fecha y hora de inicio de la puja hasta el momento del cierre de la misma -a cargo del Martillero intervinientedeberá estarse a lo normado por los arts.
575 del CPCC y 2, 3, 26 in fine, 28, 29, 30, 34, 35, 42, 43, 48 Ac. 3604/12 de la SCJBA. 8 Dentro del plazo de tres días contados desde el cierre de la puja virtual, el Martillero deberá presentar en autos acta que de cuenta del resultado del
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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/05/2019 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data20/05/2019

Conteggio pagine43

Numero di edizioni3360

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/05/2024

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