Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/11/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Martes 6 de noviembre de 2018

y habiendo el encartado Claudio Ariel Adamoli constituído domicilio en la calle Arce N 2280 de Longchamps, ausentándose del mismo sin haber tomado el recaudo de anoticiar su alejamiento del mismo al órgano jurisdiccional o en su defecto a su Defensora Oficial.- No obstante lo expresado precedentemente, la Suscripta, previo dar cumplimiento con lo ordenado en el artículo 303
y siguientes y con el fin de resguardar el debido proceso y demás garantías constitucionales y tal como lo viene sosteniendo nuestro doctrinario Jorge Claria Olmedo que: El Tribunal debe agotar los medios legales que para conseguir la intervención del imputado: si no lo consigue lo declarará Rebelde o Contumaz, cualquiera la causa de la ausencia: Incomparecencia, Ocultación o Fuga Tratado de Derecho Procesal Penal TºII, Pag. 91 Ed. Córdoba Es mi criterio previo a la declaración de Rebeldía, librar edictos a los efectos de publicarlos en el Boletín Oficial por el término de Ley art. 129 del Código de Procedimiento Penal en base a lo expuesto es que: Resuelvo: 1 Citar a Adamoli Claudio Ariel por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Suspender los términos del plazo de citación a juicio hasta que se obtenga el resultado de los edictos publicados. Notifíquese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Maximiliano Estevez, Auxiliar Letrado. Secretaría, Banfield, 22 de octubre de 2018.
C.C. 12.210 / nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Antonio Claudio Mele, Juez momentáneamente a cargo del Juzgado en lo Correccional nro.
1 del Departamento Judicial Morón, en causa Nro. 2.038 seguida a YONATAN ARMANDO OBREGÓN por el delito de Lesiones Leves calificadas por resultar la víctima una persona con la cual el imputado ha mantenido una relación de pareja y convivencia, del registro de esta Secretaría Única, notifíquese al nombrado Obregón, titular del DNI 34.481.186, de nacionalidad argentina, nacido el día 25 de marzo de 1989 en Ramos Mejía, soltero, hijo de Estanislao y Yolanda González, de profesión albañil, con último domicilio en la calle Gavilán 610 y Matorras de la Localidad y Partido de Merlo, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días, la resolución que a continuación se transcribe: Morón, 22 de mayo de 2018. Autos y vistos y considerando: Resuelvo: I.- Declarar Extinguida la acción penal por prescripción, en la presente causa Nº 2038 del registro de la Secretaría Única de este Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, de conformidad con lo normado por el 59 inc. 3º, 62 inc. 2º y 67 del Código Penal.- II.- Sobreseer en estas actuaciones a Yonatan Armando Obregón, cuyas demás condiciones personales obran en autos, en los términos del artículo 341 in fine del C.P.P.P.B.A.-III.- Regístrese, archívese copia y notifíquese.- Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez.- Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 24 de octubre de 2018.- I.- Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y atento al contenido de las mismas, notifíquese mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Yonatan Armando Obregón por el término de cinco 5 días, la Resolución obrante a fs. 146/147.-II.- Fecho, Archívese.Fdo. Dr. Antonio Claudio Mele, Juez P.A.M.Secretaría, 24 de octubre de 2018. Carola Melconian, Auxiliar Letrada.
C.C. 12.213 / nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - Se cita y emplaza a JESÚS OMAR CLEMENTE, DNI 39.514.330, en la causa Nro. 3828, que por el delito de Lesiones Leves y Resistencia a la Autoridad en Bahía Blanca, se sigue al nombrado, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nro. dos a cargo del Dr. Gabriel Luis Rojas, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Laura Hohl, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, para que en el término de tres días comparezca al asiento de este Juzgado, sito en calle Estomba Nro.
34, piso 3, de la Ciudad de Bahía Blanca, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse su detención. Bahía Blanca, 23 de octubre de 2018. María José Martínez, Auxiliar Letrada.
C.C. 12.214 / nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - Se cita y emplaza a EZEQUIEL MATÍAS LACERENZA, DNI 35.7750.374, en la causa Nro. 3412, que por el delito de Lesiones Leves Agravadas en Bahía Blanca, se sigue al nombrado, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nro. dos a cargo del Dr. Gabriel Luis Rojas, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Laura Hohl, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, para que en el término de tres días comparezca al asiento de este Juzgado, sito en calle Estomba Nro. 34, piso 3, de la Ciudad de Bahía Blanca, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse su detención. Bahía Blanca, 29 de octubre de 2018. María Agustina García Cesio, Auxiliar Letrada.
C.C. 12.216 / nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - En IPP PP-03-02-003084-11/00 de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado DANIEL ALEJANDRO FRANCISCO PIZARRO, cuyo último domicilio conocido era en calle Chiozza nº 2197 de San Bernardo, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores 3
de septiembre de 2018. Autos y Vistos: Para resolver la solicitud de sobreseimiento impetrada a fs. 151/153 por el Dr. Héctor Carlos Campana, Defensor de Andrea Fabiana Pucheta, en favor de esta última. Y Considerando: Que a fs. 151/153 el Dr. Héctor Carlos Campana solicitó el sobreseimiento de su defendida, Andrea Fabiana Pucheta, argumentando que ninguna de las imputaciones dirigidas contra su asistida, tiene suficiente entidad y relevancia jurídica como para romper el principio de inocencia;
que no resulta posible vincular a su defendida con los sucesos contenidos en las distintas denuncias, ya que la sola declaración de los damnificados no basta para acreditar tal extremo; que existe orfandad probatoria y que no se vislumbra que puedan incorporarse al expediente nuevas piezas probatorias que permitan avanzar en la investigación y acreditar la materialidad del ilícito respecto de la participación de su ahijada procesal. Agrega la Defensa que existiría una violación a la garantía de su representada, de ser juzgada en un plazo razonable. Que, por su parte, a fs. 158/159, el Sr. Fiscal interviniente, Dr. Martín Miguel Prieto, se opuso a dicha petición de la Defensa, argumentando que aún restan medias por realizarse en relación a los acontecimientos que se ventilan en la presente I.P.P. y que eso debe ser considerado en relación a la complejidad de la investigación y a la multiplicidad de hechos presuntamente acaecidos; que la duda razonable existente en relación a la forma en que sucedieron los hechos, es lo que habilita la continuidad del proceso; que no existe en autos una aserción de certeza o duda que pueda fundar una respuesta negativa a alguno de los capítulos esenciales de la imputación penal y que justifique en este estado una verdadera sentencia absolutoria anticipada. II Que en la I.P.P. Nº 03-02-003084-11, de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Nº 2 Departamental, se investigan los delitos que prima facie han sido calificados como Estafas Reiteradas y Asociación Ilícita en Concurso Real, previstos y penados por los artículos 172, 173 inciso 6º, 210 y 55
del Código Penal. Que el Ministerio Público Fiscal endilga a Andrea Fabiana Pucheta, su intervención como participe secundario
SECCIÓN JUDICIAL > página 125

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/11/2018 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data06/11/2018

Conteggio pagine22

Numero di edizioni3368

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione15/05/2024

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