Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/05/2016 - Sección Judicial
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
BOLETÍN OFICIAL
LA PLATA, LUNES 30 DE MAYO DE 2016
PÁGINA 4187
Sección Judicial Remates
ERNESTO L. LEIVE CALANDRIA
POR 5 DÍAS - El Juzgado de primera Instancia en lo Civil y Comercial N 12 de San Isidro, sito en Ituzaingó 340
2 piso de San Isidro, en autos Domínguez Jorge Luis c/
García Cristina Isabel y otro/ /a s/ fijación precio alquileres Expte. 33746/2011 hace saber que el Martillero Ernesto L. Leive Calandria rematará EL DÍA 10 DE JUNIO
DE 2016 A LAS 12.00 HS. en Alte. Brown 140, San Isidro:
los derechos hereditarios respecto al 50% del inmueble sito en la calle Paraguay 430 Matrícula 55 UF 1 Cir. I Sec.
K Maz. 261 Parc. 4b Subp 1 de Don Torcuato, Pdo. de Tigre 57, de los demandados Cristina Isabel García y Héctor Andrés García en autos Vallardes Carmen Consuelo s/ Sucesión ab intestato en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n 1
de San Isidro. Local comercial en el que funciona una academia de enseñanza de idiomas. Consta de una recepción y 5 cubículos construidos con durlock, un baño y una cocina. Se encuentra ocupado y tiene aproximadamente 8
metros de frente por 15 de fondo. Base: $ 600.000.- Venta ad corpus en el estado físico y jurídico en que se encuentran, según títulos y constancias de autos, al contado, en dinero efectivo y al mejor postor. Seña: 20% la que podrá ser pagada en efectivo o mediante cheque certificado.
Comisión: 3% c/p más Aportes de Ley, Sellado de Ley:
1,2%. El costo del alquiler del salón estará a cargo del comprador. Deudas: ARBA: $ 9.739,30 al 24/04/15
Munic.: $ 2.541,50 al 08/5/2015. La venta se efectuará al mejor postor. Los asistentes a la subasta deberán acreditar identidad y firmar el libro respectivo del Colegio de Martilleros debiendo exhibir cada uno de los asistentes, al supervisor del salón de remates y como condición para ingresar a él y participar en la subasta, el 20% del valor de la base a fijarse, ya en pesos, cheque certificado o depósito en pesos o dólares en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado y como perteneciente a estos autos. En la subasta no se podrá pujar por montos inferiores a $1000. En el acto de la subasta, quien resulte comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobado el remate sin necesidad de notificación o intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 585 del CPCC.
De integrarse el saldo del precio vencido el plazo fijado, el comprador deberá abonar $50 de multa por cada día de demora Art. 37 del CPCC, más los intereses sobre la suma adeudada, que se liquidarán a la tasa pasiva que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires. En el supuesto de compra en comisión el comprador deberá indicar el nombre de su comitente, en el momento mismo de la realización del remate, debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de tenérselo por adjudicatario definitivo Arts. 581, 582 del Cód.
Procesal, Ley 11.909. Los impuestos, tasas, contribuciones son a cargo del comprador, a partir de la posesión.
Podrán efectuarse ofertas en sobre cerrado, debiendo constar en ellas: el nombre, domicilio real y constituido, profesión, edad, estado civil y patrimonial del oferente.
Deben además expresar el precio ofrecido y si se trata de sociedades, debe acompañarse copia auténtica de su contrato que acredite la personería del firmante. Estas ofertas deben ser presentadas directamente al Juzgado hasta dos días antes de la fecha del remate, ello, al solo efecto de que el martillero actuante tome conocimiento de la misma, debiendo los interesados concurrir personalmente o mediante representante al acto de la subasta a efectos de ratificar su oferta y efectuar el depósito de seña
en caso de resultar favorecido. Quien resulte comprador definitivo del bien deberá realizar la actividad judicial y extrajudicial necesaria e inscribir, en un plazo no superior a los 60 días desde una vez satisfecho el saldo del precio, la compra en subasta judicial del inmueble realizado, bajo apercibimiento de imponer multa hasta tanto se acredite en autos su efectivo cumplimiento Arts. 37 y 166 inc. 7
del CPCC. Visita al inmueble: los días 3, 6, 7, 8 y 9 de junio de 2016 de 14 a 17 hs. El presente edicto se ordenó publicar por el término de cinco días en el Boletín Oficial y en el diario Fomento de Tigre. San Isidro, 16 de mayo de 2016.
María del Rosario González Lonzieme, Auxiliar Letrada.
C.F. 30.792 / may. 27 v. jun. 2
MARIO ADALBERTO BELLOMO
POR 2 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N 3
con sede en Azul, en los autos caratulados Personal Subcomosaria de Cacharí s/Hallazgo - Azul Expte. Nro.
62802, comunica que con fecha EL DÍA 17 DE JUNIO DE
2016, A LAS 10.00 HS., en calle 25 de Mayo nro. 1740 de Cacharí, el Corredor y Martillero Público Mario Adalberto Bellomo procederá a la subasta pública de un acoplado color verde con puertas blancas y ruedas duales.- Su estado general es bueno, y podrá ser revisado por los interesados los días 15 y 16 de junio de 2016 en el horario de 13.30 a 15.30 hs. en la calle 25 de Mayo 1740 de la localidad de Cacharí, partido de Azul. La venta se realizará sin base y al contado, percibiendo el martillero en concepto de honorario el 8% a cargo del comprador Art. 559
C.P.C.C.. Azul, 18 de mayo de 2016. Fdo. Dr. Santiago Ramón Noseda. Secretario.
Az. 71.345 / may. 30 v. may.31
CASA CENTRAL
C.C.
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 9 Descentralizada Polo Judicial de Avellaneda del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Doctor Luis Silvio Carzoglio, notifica y emplaza por el término de cinco días a GIL EZEQUIEL HORACIO en la I.P.P. N 07-02-009832-15 de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 5
Departamental Descentralizada Polo Judicial Avellaneda la resolución que a continuación se transcribe:
Avellaneda, 3 de mayo de 2016. Autos y vistos resuelvo:
librar edictos de rigor a fin que Gil Ezequiel Horacio comparezca, dentro de los siguientes 5 cinco días de notificada la presente, por ante el este Juzgado de Garantías N 9, Descentralizada Departamental Polo Judicial Avellaneda, a los efectos de ponerse a derecho en la presente, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Notifíquese.
Fdo. Luis Silvio Carzoglio. Secretaría, 6 de mayo de 2016.
C.C. 6.001 / may. 23 v. may. 30
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a MATÍAS EZEQUIEL VEGA, en causa N PP-07-00-064538-11/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 16 de marzo de 2016 Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal en la presente causa y por ende sobreseer totalmente a Matías Ezequiel Vega en orden al hecho calificado como Robo simple, ocurrido el día 28 de octubre de 2011, Y conforme lo establecido por los artículos 323 inc. 1 del Código Procesal Penal y 59 inc. 3 y 76
ter. párrafo cuarto del Código Penal. Fdo. Jorge WaIter
López, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 11 de mayo de 2016. En atención al estado de la presente, notifíquese a Matías Ezequiel de la resolución de fojas 6 vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 de Digesto Adjetivo.
Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías.
C.C. 6.002 / may. 23 v. may. 30
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a JUAN CARLOS
LOBOS, en causa N PP-07-00-007341-15/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: En Lomas de Zamora, 3 de mayo de 2016 Por ello: Esta Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, resuelve: 1 Confirmar el auto dictado a fs.
308/314 en cuanto no se hizo lugar a las nulidades articuladas por la Defensa Art. 201 a contrario sensu del C.P.P. y se dispuso sobreseer a Juan Carlos Lobos en orden al delito de amenazas agravadas por el empleo de arma Art. 323 inc. 2 del C.P.P.; sobreseer a Diego Fernando Benítez en orden a los delitos de Amenazas agravadas por el empleo de arma en concurso real con tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal Art. 323 incs. 2 y 4 del C.P.P. II Revocar el auto dictado a fs. 308/314 en cuanto se dispuso el sobreseimiento de Juan Carlos Lobos en orden al delito de Amenazas coactivas agravadas por el empleo de arma hecho IArt. 323 a contrario sensu del C.P.P. y 149 ter inc. 1 en función del art. 149 bis segundo párrafo del C.P.
Fdo. Miguel Carlos Navascues, Miguel María Alberdi y Guillermo Alejandro Rolón, Jueces de Cámara.. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 05 de mayo de 2016.
Por devuelta la presente de la Excma. Cámara de Apelación y de Garantías en lo Penal, notifíquese de lo resuelto a fojas 356/362 a los imputados de autos, a su defensa técnica y al fiscal general. Advirtiendo que a Juan Lobos no se lo ha podido notificar en las distintas oportunidades en las que se libró oficio y a los efectos de no dilatar el trámite del proceso; notifíqueselo mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Arts.
129 del Digesto Adjetivo Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías. Aimé N. Silva, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.003 / may. 23 v. may. 30
POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria N
03-02-2414-13, seguida PÉREZ EUSEBIA BEATRIZ y ESCALANTE PEDRO ARIEL por el delito de Usurpación de inmueble, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por termino de cinco días, a fin de notificar al prevenido cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe:
Dolores, 15 de abril de 2016 Autos y vistos
Considerando Resuelvo: Sobreseer totalmente a los coimputados Pérez Eusebia Beatriz, DNI N 20.748.516, argentina, domiciliada en calle 50 e/ 12 y 13 N 1213 de la localidad de Santa Teresita y Escalante Pedro Ariel DNI N
25.435.271, instruido, soltero, empleado, nacido el día 20
de septiembre de 1976 en Capital Federal, hijo de Pedro f y de Rosa Pedroza v domiciliado en calle 50 e/ 12 y 13 N
1213 de la localidad de Santa Teresita, en orden al delito de Usurpación de inmueble, por haber operado la extinción de la acción penal por prescripción a tenor de los Arts. 59