Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 04/10/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 196
4 de octubre de 2024
previstas para construir otra planta fotovoltaica en la misma parcela, promovida por una empresa diferente con la que habían llegado a acuerdo previo, con el posible desistimiento de la segunda empresa. Dichas alegaciones fueron remitidas a Betasfalt, S.L., aunque no consta que presentara respuesta.
Quinto.- Asimismo, se enviaron separatas del proyecto a los organismos afectados.
Las respuestas recibidas, emitidas por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., Confederación Hidrográfica del Duero y Tunuyan Solar, S.L., fueron remitidas al titular, que se pronunció aceptando los condicionados técnicos emitidos por I-DE y la CHD.
Por su parte, Tunuyan Solar, S.L., titular de la planta proyectada en la parcela afectada, manifestaba su disconformidad con el proyecto de planta fotovoltaica de Betasfalt, S.L.
debido a que el diseño de su infraestructura de evacuación y centro de seccionamiento perjudican gravemente el proyecto de su planta.
Sin embargo, el contraste de la documentación presentada por las dos empresas permite deducir que ambas instalaciones son compatibles entre sí, sin perjuicio de la necesaria coordinación que debe existir en cualquier obra que afecte a elementos existentes o en construcción de otras infraestructuras.
Sexto.- El 03/06/2024 se admitió solicitud de cambio de titular para la tramitación de dicha planta fotovoltaica a favor de la sociedad Langa Fotovoltaica, S.L. Mediante Resolución de este Servicio Territorial de 13/06/2024 se admitió dicho cambio.
Séptimo.- Sobre la incidencia ambiental de las instalaciones, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en Ávila remitió el informe de 26/02/2024.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
Primero.- Vista la legislación de general y particular aplicación, en concreto la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el R.D. 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus ITC; y el R.D. 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus ITC, así como el R.D. 842/2002, de 2
de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, en particular, en relación con la compatibilidad entre las instalaciones de Tunuyan Solar, S.L.
y Langa Fotovoltaica, S.L.
Segundo.- De acuerdo con el Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León, que establece en el artículo 2. Órganos competentes, que las autorizaciones de instalaciones de producción se resolverán por las personas titulares de las Delegaciones Territoriales en su respectivo ámbito territorial.
Tercero.- Según lo dispuesto en la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Ávila, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de energía y minas, corresponde al titular del servicio territorial competente en materia de energía y minas las competencias previstas en el artículo 2.3 del Decreto 46/2022 sobre la autorización de instalaciones de producción.
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