Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/07/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 143

27 de julio de 2020

3. DOCUMENTACIÓN A APORTAR.
Junto con la instancia, los aspirantes deberán presentar en el Registro General de la Diputación de Ávila, o en los medios referidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, la siguiente documentación:
Documentación acreditativa del abono de la tasa correspondiente.
Copia básica del D.N.I.
Copia básica de la titulación requerida para ser admitido al presente proceso selectivo.
Turno de discapacidad: Dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía correspondiente en el que se acreditará de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido, todo ello al objeto de proceder a efectuar la adaptación de tiempo y medio necesarios en los términos señalados en la Base Séptima.
Quinta. Admisión de los aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias y documentos, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas exclusión en cada caso, concediendo un plazo de diez días naturales para la presentación de reclamaciones y la subsanación de errores materiales, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín de la Provincia de Ávila.
Dicha resolución se publicará en el Boletín de la Provincia de Ávila y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Ávila, indicándose el lugar en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán excluidos del proceso selectivo.
Terminado el plazo de reclamaciones, el órgano competente dictará nueva resolución, elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes o corrigiéndola si hubieran existido modificaciones como consecuencia de las reclamaciones.
En esta resolución que será publicada en el Boletín de la Provincia de Ávila y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Ávila, se determinará la composición del Tribunal Calificador, así como el lugar, fecha y hora de la realización del primer ejercicio.
Todas las publicaciones posteriores se harán a través del Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Ávila.
Sexta. Tribunal Calificador.
El Tribunal de Calificador que será nombrado por el órgano competente, juzgará los juzgará los ejercicios del proceso selectivo, y su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.
El Tribunal Calificador estará integrado por cinco miembros, entre los que deberá figurar un Presidente, y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario, debiendo todos ellos poseer un nivel de titulación igual o superior a la requerida para la plaza objeto de la convocatoria. Cada miembro del Tribunal tendrá un suplente.
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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/07/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaeseSpagna

Data27/07/2020

Conteggio pagine28

Numero di edizioni3609

Prima edizione04/01/2010

Ultima edizione24/05/2024

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