Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 10/01/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 6

10 de enero de 2020

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 28/20

AYUNTAMIENTO DE GAVILANES
E d i c to No habiendo sido objeto de reclamaciones la aprobación de las ordenanzas reguladoras de las Tasas que a continuación se detallan prestación de los servicios de depuración de agua residuales y pluviales, aprobada inicialmente en sesión plenaria celebrada el día2de octubre de 2019, queda definitivamente aprobada, publicándose a continuación el texto íntegro de la Ordenanza:
Ordenanza reguladora de la prestación del servicio de suministro de agua potable y ordenanza fiscal de su tasa.
Ordenanza municipal reguladora de la recogida y retirada por la grúa municipal de vehículos situados en la vía pública.
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública.
Contra el presente acuerdo definitivo podrán interponer los interesados:
Recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que aprobó el acuerdo, conforme a lo dispuesto en los arts. 108 de la Ley 7/1985 y 14.4 del T.R2/2004.
Recurso Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano jurisdiccional que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley13/1998Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y ORDENANZA FISCAL DE SU TASA.

DE

Artículo 1. Fundamento y régimen.
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la ley 7/1985, de2de abril, reguladora de las Bases de régimen local, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 20.4. r y 20.4. t en relación con los artículo15 a 19 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, establece la Tasa por Distribución de agua incluidos los derechos de enganche de línea, colocación y utilización de contadores, cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 2. Hecho imponible.
Está constituido por la actividad municipal desarrollada con motivo de la distribución del agua potable a domicilio, el enganche de las líneas a la red general y la colocación y utilización de contadores para su medición.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 10/01/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaeseSpagna

Data10/01/2020

Conteggio pagine16

Numero di edizioni3593

Prima edizione04/01/2010

Ultima edizione03/05/2024

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