Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 19/08/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 159

19 de agosto de 2019

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1931/19

AYUNTAMIENTO DE PEGUERINOS
Considerando que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Considerando que durante los días 20 de agosto a 2 de septiembre 2019, ambos inclusive, el período de ausencia por vacaciones, la Sra. Alcaldesa se encontrará ausente del municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO:
PRIMERO. Delegar en D. Antonio Jesús Muñoz Jiménez, 2.º Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el período del20de agosto al 2 de septiembre de 2019, inicialmente ambos inclusive, por ausencia por vacaciones de ésta Alcaldía.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a ésta Alcaldía, a posteriori, y en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Real 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto, requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante ésta Alcaldía, expresa y manifiestamente de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que sea notificada ésta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que éste celebre.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 19/08/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaeseSpagna

Data19/08/2019

Conteggio pagine12

Numero di edizioni3615

Prima edizione04/01/2010

Ultima edizione03/06/2024

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