Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 8. Para ser administradores será preciso ostentar la cualidad de socio. NO podrán ser administradores personas incompatibles con arreglo a las leyes, en especial las consignadas en el articulo 213 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y en la Ley 3/2015 de 30 de marzo del.
T 1796, L 709, F 73, S 8, H MA 5361, I/A 10 ( 2.09.21).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 179 del Jueves 16 de Septiembre de 2021. Empresarios, Empresarios.