Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo de los estatutos: Artículo 2º.
AMPLIADO a: b) Explotación de fincas agrícolas, ganaderas y cinegéticas, y la comercialización e industrialización de los productos obtenidos. Cultivo de plantas aromáticas.-
T 1312 , F 125, S 8, H SE 1945, I/A 13 (27.05.21).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 105 del Viernes 4 de Junio de 2021. Empresarios, Empresarios.