Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 18. Para ser nombrado administrador no será necesario ser socio. Su nombramiento se hará por la Junta General. El cargo de administrador se ejercerá por plazo indefinido, sin perjuicio de poder ser cesado, en cualquier momento, por la Junta general, con los requisitos legales. No podrán.
T 1359 , F 211, S 8, H VA 22408, I/A 8 (17.05.21).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 96 del Lunes 24 de Mayo de 2021. Empresarios, Empresarios.