Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 9º.- Transmisión de participaciones sociales.- Será libre la transmisión de participaciones sociales entre socios, o entre éstos y sus cónyuges, descendientes de primer grado de consanguinidad, así como con las sociedades pertenecientes al mismo grupo empresarial y a las sociedades familiares integradas por los cónyuges o los descendientes de primer.
T 216, L 165, F 159, S 8, H SO 4258, I/A 2 ( 3.05.21).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 86 del Lunes 10 de Mayo de 2021. Empresarios, Empresarios.