Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 19º.- El cargo de administrador será retribuido. La retribución consistirá en una cantidad fija anual que aprobará cada ejercicio la Junta General y que permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación. .
T 489 , F 8, S 8, H SA 17092, I/A 7 ( 9.07.20).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 137 del Viernes 17 de Julio de 2020. Empresarios, Empresarios.