Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 19º.- Retribución de los Administradores. El cargo de administrador será remunerado, consistiendo la remuneración en una retribución fija mensual o anual cuya cuantía para cada ejercicio decidirá la Junta General de socios, teniendo en cuenta la dedicación mayor o menor del administrador.
T 1114 , F 225, S 8, H VA 16057, I/A 2 (18.01.18).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 18 del Jueves 25 de Enero de 2018. Empresarios, Actos Inscritos.