AGORA SA

Modificaciones estatutarias

"ARTICULO 19: El cargo de administrador será retribuido y su retribución consistirá en una cantidad fija anual, que deberá ser establecida por la Junta General en función de su efectiva dedicación, pudiendo ser la retribución diferente para cada administrador. La retribución anterior será.

Datos registrales

T 4164 , F 171, S 8, H Z 21968, I/A 28 ( 6.06.17).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 110 del Martes 13 de Junio de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.

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