Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
"Artículo 19º.- RETRIBUCION DE LOS ADMINISTRADORES: El cargo de administrador será retribuido. El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los administradores en su condición de tales deberá ser aprobado por la junta general y permanecerá vigente en tanto no se apruebe su.
C/ FRANCISCO VICTORIA 5 4º B (ZARAGOZA).
T 3951 , F 97, S 8, H Z 54364, I/A 3 (15.02.17).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 38 del Jueves 23 de Febrero de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.