Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 25º.- Los Adminitradores ejercerán su cargo POR TIEMPO INDEFINIDO. El cargo de administrador será gratuito. No obstante, el Administrador podrá realizar trabajos dependientes en la Sociedad, sobre la base del correspondiente contrato de trabajo por cuenta ajena que en ningún caso, tendrá.
T 923, L 687, F 32, S 8, H AB 3471, I/A 4 (11.11.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 221 del Lunes 21 de Noviembre de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.