INDALSU SA

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 20. - Carácter retribuido del cargo: El cargo de administrador será retribuido. Las retribución del Administrador, en su condición de tal, consistirá en una remuneración fija. El importe de la remuneración anual del Administrador único en su condición de tal deberá ser aprobada por la.

Datos registrales

T 2390, L 2390, F 50, S 8, H PO 24633, I/A 16 (14.07.16).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 140 del Viernes 22 de Julio de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.

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