Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo de los estatutos: ARTICULO 2.- .
a) Vigilancia y proteccón de bienes, establecimientos, lugres y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos.- b) El acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluídas las que ostenten la condición legal de autor.
T 31688 , F 32, S 8, H M 570163, I/A 4 (16.06.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 120 del Viernes 24 de Junio de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.