SERCAVICA SL

Modificaciones estatutarias

"ARTICULO 20º.- RETR1BUCION DE LOS ADMINISTRADORES.- El cargo de Administrador será retribuido. Los administradores, por su condición de tales, tendrán como retribución conjunta para todos ellos, una cantidad fija, cuya cuantía será la que se fije por acuerdo de la Junta General. El importe máximo.

Datos registrales

T 4022 , F 199, S 8, H Z 56173, I/A 2 ( 9.02.16).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 32 del Miércoles 17 de Febrero de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.

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