Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 30.- El cargo de administrador será retribuido. La retribución consistirá en una cantidad fija anual de 100 euros cada año que se abonará en el mes de diciembre. Por acuerdo de la Junta General se podrá modificar dicha cantidad en años sucesivos sin más trámite que el propio acuerdo..
T 1331 , F 221, S 8, H VA 21304, I/A 2 (10.12.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 239 del Miércoles 16 de Diciembre de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.