Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Capital: 340,00 Euros. Resultante Suscrito: 8.275,00 Euros.
ARTICULO 22. Los socios tendrán derecho a los beneficios repartibles en la proporción correspondiente a sus respectivas participaciones sociales, previo cumplimiento de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Sin perjuicio de que la Junta General pueda acordar el.
T 461 , F 182, S 8, H P 6989, I/A 4 (18.11.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 226 del Jueves 26 de Noviembre de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.