Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
8.- a) El socio que se proponga transmitir su participación o participaciones deberá comunicarlo por escritoa los administradores, haciendo constar el número y características de las participaciones que pretende transmitir, la identidad del adquirente y el precio y demás condicones de la.
T 28 , F 171, S 8, H AL 643, I/A 6 (18.06.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 120 del Lunes 29 de Junio de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.