Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
"ARTICULO 16º.- El cargo de Administrador será retribuido. La remuneración consistirá en una remuneración fija anual, cuyo importe máximo será determinado por la Junta para el ejercicio en curso y sucesivos, en tanto que no se apruebe su modificación. En cualquier caso dicha retribución será.
T 3269 , F 16, S 8, H Z 39070, I/A 6 (29.05.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 106 del Martes 9 de Junio de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.