Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 23.- CONSEJEROS DELEGADOS Y COMISION EJECUTIVA. El Consejo de Administración, para el mejor desarrollo de sus funciones, podrá nombrar uno o varios Consejeros Delegados, o una Comisión Ejecutiva, que tendrán las facultades de administración que aquél les delegue, debiendo informar al.
T 562 , F 10, S 8, H LO 9244, I/A 11 (28.05.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 106 del Martes 9 de Junio de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.