Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
"ARTICULO 9 . - ADMINISTRACION. - 1. La gestión y representación de la Sociedad se encomienda al órgano de Administración, que podrá estar organizado mediante: a) Un Consejo de Administración. b) Un Administrador Unico. c) Varios Administradores Solidarios. d) Varios Administradores Mancomunados.
T 2786, L 1699, F 9, S 8, H MA 48812, I/A 7 (19.05.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 98 del Miércoles 27 de Mayo de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.