RESTUVAL SL

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 18. Consejo de Administración: 1.-. El Consejo de Administración designará en un seno un Presidente y un Secretario y podrá nombrar igualmente uno o varios Vicepresidentes, que, por su orden, sustituirán a aquél en caso de ausencia por cualquier causa, Uno o varios Vicesecretarios, que suart.21 1 El cargo de administrador es retribuido. 2 La retribución de los administradores será la de una asignación fija, de acuerdo con lo establecido en los apartados siguientes. 3.- Cuantía y requisi

Datos registrales

T 3668, L 980, F 153, S 8, H V 13470, I/A 6 (29.04.15).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 85 del Jueves 7 de Mayo de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.

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