Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 21º.- Administradores: su régimen. Consejo de Administración. Para ser nombrado administrador no se requerirá la condición de socio; su designación corresponde exclusivamente a la Junta General; el ejercicio del cargo conllevará todas las obligaciones y responsabilidades legales y.
T 1285 , F 162, S 8, H VA 19900, I/A 6 (10.07.14).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 134 del Jueves 17 de Julio de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.