TOPOINCA SL

Modificaciones estatutarias

Artículo 20º. Sistema de Retribución. Los administradores tendrán derecho a percibir de la Sociedad una remuneración. El importe total de las retribuciones que pueda satisfacer la Sociedad al administrador o al conjunto de sus administradores por los conceptos previstos en el párrafo precedente no.

Datos registrales

T 621 , F 60, S 8, H VA 6919, I/A 7 (15.05.14).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 95 del Jueves 22 de Mayo de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.

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