Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 16º. Nombramiento. .
1.- La compraventa, construcción y arrendamiento de todo tipo de inmuebles, con expresa exclusión de los arrendamientos financieros. 2.- La explotación de fincas agrícolas, bien sean propias o arrendadas. 3.- La dirección y gestión de participaciones en entidades de todo tipo, tengan o no personalid.
T 5717, L 3024, F 53, S 8, H V 52733, I/A 5 (13.05.14).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 94 del Miércoles 21 de Mayo de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.