Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Se modifica el art. 10, en cuanto a suprimir del mismo la expresión "y éste no será remunerado". Se adiciona un nuevo art. el ARTICULO 10-bis a los estatutos sociales, en el que constará que el cargo del administrador sera RETRIBUIDO.
T 640 , F 158, S 8, H GR 7698, I/A 6 ( 9.05.14).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 91 del Viernes 16 de Mayo de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.