Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 7º. La sociedad se regirá por la Junta General de socios. La gestión y representación de la sociedad se encomendará por la Junta General, en virtud de acuerdo adoptado con las mayorias previstas para la modificación ordinaria de los Estatutos, pero sin que suponga alteración de su texto/.
T 461 , F 141, S 8, H AL 12159, I/A 7 ( 7.04.14).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 75 del Lunes 21 de Abril de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.