Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
"Artículo 19º.- La Sociedad estará regida, administrada y representada por un Consejo de Administración, que podrá conferir los apoderamientos que estime convenientes. Los miembros del Consejo de Administración serán
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 170 del Viernes 6 de Septiembre de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.