Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
MODIFICAR los Estatutos Sociales mediante la agregación delArtículo número 7-bis.-. MODIFICAR los Estatutos Sociales mediante la agregación delArtículo número 8-bis.-.
T 6710, L 4014, F 215, S 8, H V 7866, I/A 85 (29.07.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 147 del Lunes 5 de Agosto de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.