Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 19. - RETRIBUCION DEL ADMINISTRADOR.- El Administrador de la Entidad será remunerado con MIL EUROS (1.000, 00) MENSUALES BRUTOS. Dicha cantidad se actualizará todos los años, el primero de Enero, siendo la primera revisión el uno de Enero posterior a la fecha de aprobación del presente.
T 2980, L 2980, F 98, S 8, H PO 35334, I/A 2 ( 2.07.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 130 del Jueves 11 de Julio de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.