Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 5º.- DERECHOS DE LOS SOCIOS. Cada participación confiere a su legítimo titular la condición de socio y, como tal, le corresponden los siguientes derechos: -Participar en el reparto de los beneficios sociales y en el resultado de la liquidación de la Sociedad en proporción directa a susArtículo 6º.- TRANSMISION DE PARTICIPACIONES SOCIALES. Con exclusión
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 84 del Martes 7 de Mayo de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.