Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 19º.- DURACION Y RETRIBUCION.- El cargo de Administrador tiene una duración indefinida. El cargo de administrador será retribuido por el sistema de sueldo en la forma y cuantía establecidas por la Junta General en cada ejercicio social.
T 5325, L 2633, F 125, S 8, H V 44265, I/A 6 (19.02.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 39 del Martes 26 de Febrero de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.