Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 20.- CARACTER RETRIBUIDO O GRATUITO DEL CARGO DE ADMINISTRADOR. El cargo de administrador será retribuido en una cantidad que, anualmente, será fijada para cada ejerciciopor la Junta General, pudiendo ser distinta entre ellos, caso de integrar más de una persona el órgano de.
T 2684 , F 125, S 8, H Z 665, I/A 8 ( 8.01.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 10 del Miércoles 16 de Enero de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.