Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo de los estatutos: "Artículo 2º.- OBJETO. El fin primordial de la Sociedad es la integración laboral de personas con discapacidad, para lo que ajustará su funcionamientoal Decreto 212/2010 de 30 de noviembre de 2010, del Gobierno de Aragón, relativo a centros especiales de empleo." La "ARTICULO 20º.- APLICACION DEL RESULTADO DEL EJERCICIO: LaSociedad se constituye como un centro especial de empleo sin ánimo de lucro, por lo que los posibles beneficios o excedentes que pudiesen producirse
"El fin primordial de la Sociedad es la integración laboral de personas con discapacidad, para lo que ajustará su funcionamiento al Decreto 212/2010 de 30 de noviembre de 2010, del Gobierno de Aragón, relativo a centros especiales de empleo.".
T 2813 , F 105, S 8, H Z 31488, I/A 6 (12.03.12).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 59 del Lunes 26 de Marzo de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.