Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 19.- El cargo de Administrador será gratuito. Sinperjuicio del carácter no retribuido del cargo, aquellos Administradores que tengan atribuidas funciones ejecutivas en la Sociedad, sea cual fuere la naturaleza de su relación jurídica, tendrán el derecho a percibir sueldos, retribuciones.
T 3748 , F 73, S 8, H Z 47762, I/A 10 (23.08.11).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 168 del Viernes 2 de Septiembre de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.