Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
5.- Agente de seguros exclusivo. 6.- Actuar habitualmente en la negociación o formalización de operaciones típicas de la actividad de una entidad de crédito, en nombre y por cuenta de ésta, con carácter de Agente de Entidad de crédito, en las condiciones y con los requisitos establecidos en el artíc.
C/ FERNANDEZ FERMINA 16
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 159 del Lunes 22 de Agosto de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.