COBLANSA SA

Modificaciones estatutarias

Artículo 13º.- El cargo de administrador será retribuido. Los administradores percibirán una remuneración consistente en una cantidad fija que será fijada para cada ejercicio poracuerdo de la Junta General de Accionistas, y una cantidad variable consistente en el 1,33% del beneficio líquido anual,.

Datos registrales

T 389 , F 219, S 8, H LO 1212, I/A 26 (12.04.11).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 78 del Lunes 25 de Abril de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.

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